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Bosques nativos: gracias al permanente monitoreo y control en Misiones se conservan 560 mil hectáreas propiedad de privados

La Dirección General de Bosques Nativos y la Unidad Técnica del Ministerio de Ecología de la provincia han logrado con su trabajo ayudar a los propietarios privados a conservar y manejar en forma sostenible las parcelas de bosque nativo correspondientes a 560.000 hectáreas de Misiones. Es que son los responsables del «Programa de Enriquecimiento y Conservación”, creado en el marco de la Ley Nacional N° 26.331.
Tal ha sido la eficacia en el control, monitoreo y ejecución de los planes que la Provincia se ha transformado en un ejemplo a nivel nacional, en lo referente a gestión, rendimiento, supervisión y logros.
Se consiguieron resultados muy promisorios en cuanto a enriquecimiento de bosques con especies nativas y en restauración de montes degradados.
La normativa nacional establece que las provincias deberán realizar el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos (OTBN) a través de un proceso participativo y categoriza los usos posibles para las tierras boscosas, desde la conservación hasta la posibilidad de transformación para la agricultura, pasando por el uso sustentable del bosque.
Los técnicos de la mencionada Dirección General verifican el estado y cobertura del bosque nativo, la intensidad del aprovechamiento forestal, la permanencia de los arboles semilleros, los rumbos de enriquecimiento, el estado de los bosques protectores de agua, de los caminos y de los campamentos y realiza controles de cargas y guías de madera. Es una tarea integral que abarca todo el territorio provincial.
La Ley 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos fue sancionada en 2007. Sin embargo, el Poder Ejecutivo nacional recién la reglamentó en febrero de 2009. Zonifica los bosques de la siguiente manera:
Categoría I (rojo): sectores de muy alto valor de conservación que no deben desmontarse ni utilizarse para la extracción de madera y que deben mantenerse como bosque para siempre. Incluirá las reservas naturales y sus áreas circundantes, que tengan valores biológicos sobresalientes, y/o sitios que protejan cuencas hídricas de importancia (nacientes de ríos y arroyos).
Categoría II (amarillo): sectores de alto o medio valor de conservación, que pueden estar degradados pero que si se los restaura pueden tener un valor alto de conservación. Estas áreas no pueden desmontarse, pero podrán ser sometidos a los siguientes usos: aprovechamiento sostenible, turismo, recolección e investigación científica.
Categoría III (verde): sectores de bajo valor de conservación que pueden transformarse parcialmente o en su totalidad, con la previa realización de una Evaluación de Impacto Ambiental.
Un aspecto importante que incorporó la norma es la constitución del Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos «con el objeto de compensar a las jurisdicciones que conservan los bosques nativos, por los servicios ambientales que éstos brindan».
Este mecanismo de compensación por servicios ambientales, además de ser el primer antecedente de este tipo en la legislación argentina, se enmarca en la concepción de que el ordenamiento territorial por sí solo pierde sentido si no está acompañado de políticas activas que apoyen y promuevan el uso sustentable del bosque nativo.
La Ley de Bosques es una herramienta que debe ser aplicada adecuadamente para asegurar la conservación de nuestros bosques nativos. Es lo que sucede en Misiones con la tarea de los profesionales del Ministerio de Ecología.